Necesito más plazo para pagar
En caso de aplazamiento de un impuesto, los plazos de pago concedidos por Hacienda y las cuantías a satisfacer deben ser asumibles por el contribuyente...
Aplazamientos. Desde 2023 se ha flexibilizado la posibilidad de solicitar el aplazamiento de impuestos, incrementándose de 30.000 a 50.000 euros la cuantía máxima de las deudas que Hacienda permite aplazar de forma automática y sin garantías [Orden HFP/311/2023] .
Plazos máximos. Por otro lado, también se han hecho mejoras en las instrucciones internas que regulan los plazos máximos de fraccionamiento de las deudas tributarias gestionadas por la AEAT [Instrucciones 1/2023 y 2/2023, Dep. Recaudación AEAT] .
Por ejemplo, en las deudas tributarias de hasta 50.000 euros en las que Hacienda conceda el aplazamiento de forma automática y no sea necesario aportar garantías, los aplazamientos ahora son de hasta 24 meses para personas físicas (antes, 12 meses) y de hasta 12 meses para personas jurídicas (antes, 6 meses).
Pago inasumible. No obstante, puede suceder que un contribuyente –debido a su difícil situación– no pueda hacer frente al calendario de pagos de Hacienda, de modo que, aunque éste sea el máximo permitido por las instrucciones internas, los pagos le resulten inasumibles.
Circunstancias personales. Pues bien, algún tribunal considera que en estos casos el contribuyente tiene derecho a solicitar un calendario de pagos al que pueda hacer frente. Y Hacienda, por su parte, debe concederle unos plazos de fraccionamiento acordes con su capacidad de pago y sus circunstancias personales [TSJ Cataluña 27-03-2024] .
Si bien la Ley es bastante determinante sobre los plazos de cobro, la Administración está obligada a estudiar aquellos casos que puedan crear daños irreparables o de difícil recuperación en las economías personales.